INTRODUCCIÓN:

 

QORIT TRAVEL AGENCY S.A -“QORI LOYALTY”, para atender a sus clientes bajo los más altos estándares de servicio y asegurar su máximo disfrute, expide las siguientes normas que reglamentan su uso y operación:

 

DEFINICIONES:

 

  1. LA AGENCIA. – Se refiere a “QORIT TRAVEL AGENCY S.A.”, con RUC. 1793198413001, con domicilio principal en la ciudad de Quito. Ecuador, debidamente representada por la empresa ASRS CORPORATE REPRESENTATIONS S.A.S.

 

  1. QORIAPP: Se refiere a la Empresa con la cual “QORIT TRAVEL AGENCY S.A.”, gestiona por medio de la aplicación QoriApp, servicios con similares características, en los cuales el Cliente puede, gestionar sus reservas por medio de aplicativos móviles.

 

  1. EL COMPLEJO TURÍSTICO, DEPARTAMENTOS, HOTEL, HOSTAL, CUALQUIER OTRO SERVICIO RELACIONADO CON EL HOSPEDAJE Y ACTIVIDADES RECREACIONALES. – Se refiere a los servicios ofrecidos dentro de la aplicación de QoriApp, o en contrato de agencia en la cual se detallan cada uno de los paquetes ofertados. Los servicios, están sujetos a cambios sin previo aviso, sin necesidad que se incurra en la modificación o la necesidad de otro instrumento jurídico.

 

  1. EL LUGAR DONDE SE PRESTARÁ EL SERVICIO. – Es una propiedad y/o actividad, de acuerdo a lo ofertado dentro de la aplicación QoriApp, en la cual se describirá la información presentada por el Propietario del bien ya sea, persona natural o jurídica, en capacidad de prestar el servicio. De ninguna manera QORIT TRAVEL AGENCY S.A. o QoriApp, son responsables de la información proporcionada y carga del prestador del servicio. Lo antes indicado, tiene su excepción en casos en los que la propiedad sea de una Empresa relacionada a la AGENCIA y que esta relación sea establecida mediante un contrato el cual deberá ser anexado a la carpeta de cada CLIENTE de la agencia.

 

En los casos de incumplimiento o falsedad de la información presentada, corroborada por el Cliente y verificada por QORIT TRAVEL AGENCY S.A., a través del portal de ayuda proporcionado dentro de la aplicación QoriApp o de manera escrita en las oficinas de QORIT TRAVEL AGENCY S.A. En un término 10 días hábiles QORIT TRAVEL AGENCY S.A., tomara la decisión de continuar o dar por terminado el servicio con el prestador. Entendiéndose que la responsabilidad es del Cliente de acuerdo con el programa ofertado, por lo cual renuncia a cualquier tipo de reclamo por incumplimiento hacia QORIT TRAVEL AGENCY S.A y Qoriapp. Salvo los casos en los cuales QORIT TRAVEL AGENCY S.A sea la propietaria o arriende el bien, en ese caso únicamente será responsable por la información cargada.

 

 

  1. UNIDAD DE ALOJAMIENTO. – Se refiere a un departamento, cuarto, tienda de acampar y otros, ubicado dentro de la propiedad del prestador, que puede o no incluir mobiliario común correspondiente al mismo, el cual está descrito en la plataforma Qoriapp aceptado por los clientes, en el momento de registrarse a su llegada. El Cliente, se hará cargo de cualquier daño, incluso si ocurriré por caso fortuito y fuerza mayor.

 

  1. La unidad con capacidad máxima de personas consta de acuerdo a lo permitido por el Prestador del servicio.

 

  1. ÁREAS COMUNES. – De acuerdo a lo contratado por medio de QoriApp.

 

  1. MOBILIARIO COMÚN. – Es el menaje de la unidad de alojamiento, conformado por muebles, utensilios, equipos y otros objetos ornamentales o utilitarios. (Puede o no puede incluir de acuerdo a lo contratado por medio de QoriApp)

 

  1. Es la persona natural o jurídica designada por LA AGENCIA, para manejar y operar lo contratado. Será responsable de llevar a cabo las funciones de reservaciones, recepción, operación, limpieza, administración, seguridad y mantenimiento entre otras.

 

  1. EL AGENTE. – LA AGENCIA se reserva el derecho de contratar un Agente para agilizar la atención a clientes y reservaciones. (El cual podrá incurrir en un valor adicional de acuerdo a lo contratado por medio de Qoriapp)

 

  1. LOS BENEFICIARIOS. – son los titulares del Derecho de uso de las noches de alojamiento.

 

  1. BENEFICIOS ADICIONALES EN LA UNIDAD DE ALOJAMIENTO. – Son aquellos que EL ADMINISTRADOR otorga a LOS BENEFICIARIOS durante su estadía y que consistirán en: una dotación de jabón, papel higiénico, toallas y sábanas por estadía, limpieza general al terminar su estadía, sin incluir limpieza de utensilios de cocina. (Los beneficios podrán aumentar o disminuir, de acuerdo a lo contratado por medio de la aplicación QoriApp)

 

  1. a) Semana completa: Mediante este método EL CLIENTE, utilizará 7 de sus noches 8 días de forma consecutiva.
  2. b) Múltiples noches: Mediante este método EL CLIENTE podrá utilizar una habitación o las que se considere necesario de acuerdo a la disponibilidad de cada uno de los alojamientos, la misma que se podrá usar en (departamentos, quintas, cabañas, casas o glamping) vinculados al Programa en noches consecutivas a partir de dos noches hasta el número máximo de noches contratadas por año. Este uso lo podrán realizar en fines de semana, los cuales comprenden las noches de viernes; sábado y la noche que anteceda un día festivo en el lugar de destino. Las noches restantes, domingo, lunes, martes, miércoles y jueves corresponden al concepto “entre semana”. Para una reserva en temporada alta tendrán preferencia los Clientes que acedan a un paquete de mejores beneficios, será igual sin diferenciar noches de entre semana o fin de semana, de igual forma los puentes festivos en el lugar de destino, serán considerados como temporada alta desde la noche del viernes hasta la noche del domingo.
  1. c) Noches individuales: Mediante este método EL CLIENTE, podrá solicitar reserva en las unidades de alojamiento para una sola noche y dos días acorde a la disponibilidad.

 

 

 

 

 

 

Las noches en cualquier tipo de programa, NO SON * ACUMULABLES Y EN CASO DE NO UTILIZAR DENTRO DEL AÑO QUE CORRESPONDE SE PIERDE, LA CUOTA DE MANTENIMIENTO NO ES REEMBOLSABLE.

 

  1. BENEFICIOS DE LAS NOCHES DE ALOJAMIENTO

 

Las noches de alojamiento se determinarán al momento en efectuar su reserva de acuerdo a lo establecido en QoriApp. Las mismas que serán descontadas de acuerdo a la reserva efectuada en QoriApp.

 

Las noches de alojamiento en caso de no ser utilizadas dentro del año se perderán.

 

RESERVACIONES.- Son solicitudes de LOS BENEFICIARIOS para usar las UNIDADES DE ALOJAMIENTO una vez que LA AGENCIA  o quien éste designe las confirme.

 

LAS CONFIRMACIONES ESTARÁN SIEMPRE SUJETAS A DISPONIBILIDAD.

 

 

  1. Son los períodos de cada año en que se clasifica el uso de las UNIDADES DE ALOJAMIENTO por parte de LOS BENEFICIARIOS. Las temporadas se definen a continuación:

 

  1. Temporada Alta. – Comprende las semanas de Carnaval, Semana Santa, Navidad, año Nuevo y otros días de feriado.
  1. Temporada Media. – Comprende la primera semana de enero, vacaciones quimestrales de febrero, los meses de julio, agosto y los 15 primeros días de septiembre que corresponden al período de vacaciones escolares del régimen sierra de la República del Ecuador.

 

  1. Temporada Baja. – Comprende todo el año a excepción de las semanas y/o periodos correspondientes a las Temporadas Media y Alta.

 

  1. EL REGLAMENTO. – Se refiere al conjunto de reglas que se encuentra en este documento y que son aplicables únicamente para los usuarios adquirentes de semanas y noches de alojamiento a usar en temporadas ALTA, MEDIA Y BAJA, en cualquier UNIDAD DE ALOJAMIENTO.

 

 

  1. CUOTA DE MANTENIMIENTO. – Es el monto obligatorio que EL (LOS) BENEFICIARIO (S) deberá (n) pagar a LA AGENCIA por concepto de gastos de operación y mantenimiento, el pago se lo efectuará al momento de confirmar su reserva.

 

 

  1. BENEFICIARIOS – Se refiere a: Beneficiario titular, esposa(o) del beneficiario titular, hijos del beneficiario titular, padres del beneficiario titular y padres de la esposa(o) del beneficiario titular.

 

  1. Son las personas autorizadas por EL (LOS) BENEFICIARIO (S) y que en su nombre usan y disfrutan una Unidad de Alojamiento, previa carta de autorización firmada por el Cliente, siempre que no asista uno de los Beneficiarios Directos de la Membresía.

 

  1. CARGOS – Es cualquier gasto resultante de los actos u omisiones de EL (LOS) BENEFICIARIO (S) y/o de sus invitados si fuere el caso mientras ejerce su derecho de propiedad vacacional.

 

 

 

ARTÍCULO 1: 

Derechos, Restricciones, Prohibiciones y Obligaciones. 

 

1.1 DERECHOS.- Sujeto al cumplimiento de todos los términos y condiciones del Contrato de Adquisición y de este Reglamento, EL (LOS) BENEFICIARIO (S) tendrá (n) el derecho de:

 

  • Usar y disfrutar la Unidad de Alojamiento del tipo descrito en el Contrato, de conformidad con lo establecido en el contrato; así como las áreas comunes y servicios del mismo.

 

  • Para el beneficiario de las noches de alojamiento puede utilizar la unidad de alojamiento de acuerdo a lo que especifica la tabla del contrato o de acuerdo a lo acordado en la reserva dentro de QoriApp.

 

  • Usar las áreas comunes de la Unidad de Alojamiento, mientras se encuentre usando su periodo de estadía, pagando el valor asignado por LA AGENCIA .

 

  • Recibir confirmación de sus reservaciones en el tiempo establecido.

 

  • Dar en arriendo el derecho a usar sus NOCHES realizando la Autorización de utilización, por parte del Cliente.

 

  • Llevar invitados.

 

  • EL (LOS) BENEFICIARIO (S) podrán hacer uso de las instalaciones de áreas comunes y servicios ingresando con su documento de identificación, siempre que se encuentren hospedados.

 

  • Al momento de recibir su Unidad de Alojamiento EL (LOS) BENEFICIARIO (S) deberá (n) cerciorarse que el mobiliario común respectivo se encuentre completo y en buenas condiciones para su uso, así mismo deberá (n) informar de inmediato a LA AGENCIA o a quien éste designe de cualquier faltante, daño o deterioro que exista en la Unidad de Alojamiento y en el mobiliario común, para lo cual firmará la correspondiente Recepción de inventario y cumplirá con los procedimientos ya establecidos para el registro.

 

  • No está permitido que EL (LOS) BENEFICIARIO (S), familiares o sus invitados, realicen cualquier cambio estructural, reorganización de muebles, artículos colgantes y/o alteración o modificación de revestimiento de pisos, paredes, cerraduras, decoración de cualquier Unidad de Alojamiento o áreas comunes.

 

  • EL (LOS) BENEFICIARIO (S), familiares o invitados se obliga (n) a hacer buen uso del mobiliario común, enseres, equipos e instalaciones de la Unidad de Alojamiento, para que se conserven en buenas condiciones de uso y funcionamiento, así como a desalojar a todas las personas y objetos personales de la Unidad de Alojamiento a la expiración de la semana, y se obligará (n) a cumplir con los requisitos de registro de entrada y salida.

 

  • La falta de pago de cualquier cargo personal, familiar o de invitados, será causal de suspensión de los derechos de EL (LOS) BENEFICIARIO (S) hasta que los adeudos hubieren sido totalmente satisfechos.

 

  • De acuerdo con la reserva en QoriApp se podrá o no, llevar mascotas.

 

  • Está estrictamente prohibida cualquier acción o conducta que cause molestias, daños o perjuicios a otros BENEFICIARIOS y a terceros incluyendo los de LA AGENCIA y su personal.

 

  • LA AGENCIA o quien éste designe no serán responsables por ningún daño o pérdida de objetos que EL (LOS) BENEFICIARIO (S), sus invitados o familiares puedan sufrir mientras ejerce su derecho de noches de alojamiento.

 

 

 

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 2: 

Administración de la Unidad de alojamiento

 

La ADMINISTRACIÓN la unidad de alojamiento, es una actividad inherente a LA AGENCIA o a la Persona Natural o Jurídica con quien la Agencia tenga convenios. Por tanto, le corresponderá ejercerlo directamente o a través de un tercero que designará para el efecto. Dentro de las facultades y obligaciones de la ADMINISTRACIÓN de la unidad de alojamiento se encuentran las que a continuación se mencionan:

 

  • Operación, control y dirección de la unidad de alojamiento.

 

  • Reparar y mantener cada una de las Unidades de Alojamiento.

 

  • Contratar y pagar al personal que se estime necesario para la debida operación, vigilancia y mantenimiento de la unidad de alojamiento.
  • Aplicar y hacer cumplir este Reglamento General, así como cualquier modificación relativa al uso y disfrute de todas las instalaciones y Áreas Comunes.

 

  • Tomar posesión de la (s) semana (s) correspondientes a EL (LOS) BENEFICIARIO (S), si éste (estos) violare (n) alguna disposición de este Reglamento General.

 

  • Tener acceso a cualquier Unidad de Alojamiento, por personal autorizado, para efectuar funciones de mantenimiento, reparación y limpieza, así como en caso de situaciones de riesgo o emergencia, para salvaguardar los intereses personales tanto de EL (LOS) BENEFICIARIO (S) como de EL CONJUNTO.

 

ARTÍCULO 3: 

Cuotas de Mantenimiento y Administración. 

 

Las Cuotas de mantenimiento serán individuales y tendrán el carácter de ordinarias.

 

  • CUOTAS DE MANTENIMIENTO Y ADMINISTRACIÓN. – Es el pago que debe realizar EL (LOS) BENEFICIARIO (S) según el derecho de uso de propiedad vacacional adquirido únicamente al momento de la confirmación del pago.

 

Para tener derecho a usar y disfrutar la (s) Unidad (s) de Alojamiento, deberá estar al día en el pago de las cuotas de mantenimiento.

 

  • CUOTA DE MANTENIMIENTO ORDINARIA. – Será determinada anualmente en el mes de enero por LA AGENCIA o quien éste designe, tomando en consideración los gastos de administración y operación, el tipo de Unidad de Alojamiento, factores de inflación, mejoras en las áreas comunes, seguros contra daños causados por efectos de la naturaleza, reposición de materiales y equipos.

 

 

  • LOS BENEFICIARIOS que han adquirido el programa dependiendo de la temporada ALTA, MEDIA Y BAJA, pagarán a LA AGENCIA o quien éste designe de conformidad con la obligación prevista en el contrato, la cuota de mantenimiento previo al uso de la reserva.

 

ARTÍCULO 4: 

Tarjeta de Convenio de Identificación.

 

Cada BENEFICIARIO deberá obligatoriamente presentar su documento de Identificación físico o tarjeta digital de identificación de la aplicación QoriApp, que servirá para ingresar a las noches de reserva y disfrutar de los beneficios que éste le brinda.

 

ARTÍCULO 5: 

Reservaciones.

 

  • Solo El BENEFICIARIO que se encuentre al día en el pago de sus obligaciones, podrá realizar reservaciones.

 

Las reservaciones deben ser confirmadas para permitir el ejercicio del derecho de uso de propiedad vacacional en la unidad de alojamiento Tienen prioridad de atención de acuerdo al orden en el que son recibidas. La confirmación siempre estará sujeta a disponibilidad.

 

  • EL BENEFICIARIO debe solicitar la reservación: por medio de la aplicación QoriApp, en las oficinas de la compañía, por llamadas telefónicas, medios telemáticos, mensajes de la aplicación WhatsApp o correo electrónico de asistencia al cliente, LA AGENCIA responderá confirmando a EL BENEFICIARIO su solicitud, por los mismos medios descritos anteriormente.

 

  • El BENEFICIARIO de un derecho de uso de Propiedad Vacacional de TEMPORADA ALTA, puede usar sus noches en esta temporada o en una inferior, ya sea Navidad, Año Nuevo, Carnaval o Semana Santa y debe solicitarla con por lo menos (60) DÍAS DE ANTICIPACIÓN A LA FECHA DE RESERVA.

 

  • EL BENEFICIARIO de un derecho de uso de Propiedad Vacacional de TEMPORADA MEDIA debe solicitar sus noches con un mínimo de (30) DÍAS DE ANTICIPACIÓN A LA FECHA DE RESERVA.

 

  • EL BENEFICIARIO de un derecho de uso de Propiedad Vacacional de TEMPORADA BAJA, debe solicitar sus noches con mínimo de (10) DÍAS DE ANTICIPACIÓN A LA FECHA DE RESERV

 

  • Para confirmar su reserva EL BENEFICIARIO tiene un máximo de 2 días hábiles, desde la fecha en que el Departamento de Reservas asignó la misma, para pagar el 50% del monto de la reserva que corresponda según su unidad de alojamiento, caso contrario su reserva será anulada automáticamente por el sistema de reservaciones.

 

 

 

  • La hora de ingreso (Check in) es desde las 15h00 hasta las 18h00. En caso que EL BENEFICIARIO ingrese un día después de la fecha de inicio de su reserva, podrá hacerlo siempre y cuando informe al Departamento de Reservas, caso contrario se toma la reserva como utilizada.

 

  • La hora de salida (Check out) es hasta las 11h00, si EL BENEFICIARIO entrega la unidad de alojamiento más tarde de la hora indicada, LA AGENCIA cobrará una multa, la misma que será cargada a su garantía.

 

  • Una vez reconfirmada la reserva y en caso de no poder usarla, ésta no podrá ser cancelada hasta 15 días antes de la fecha de inicio del viaje, caso contrario EL

BENEFICIARIO OBLIGATORIAMENTE DEBERÁ CANCELAR LA PENALIDAD CORRESPONDIENTE AL VALOR VIGENTE DE UNA NOCHE, INDEPENDIENTEMENTE DE LOS DÍAS RESERVADOS, esto le permitirá fijar una nueva fecha sujeto a disponibilidad.

 

  • El BENEFICIARIO puede reservar el derecho de uso de Propiedad Vacacional en las unidades de alojamiento, a personas no-beneficiarias, bajo las siguientes condiciones:

 

  • Las solicitudes de reservaciones que EL BENEFICIARIO realice a favor de un no beneficiario se rigen por los procedimientos descritos en este capítulo y deberán ser acompañados con los datos completos del no-beneficiario.

 

  • EL BENEFICIARIO puede realizar reservas a nombre de un no-beneficiario, previo carta de autorización.

 

  • EL BENEFICIARIO que realice una reservación a favor de un no-beneficiario es responsable por su comportamiento y su acatamiento a las buenas costumbres y de las disposiciones vigentes para el uso y disfrute de los beneficios en la unidad de alojamiento.

 

  • PERSONAS ADICIONALES. – EL BENEFICIARIO tendrá derecho a solicitar el ingreso de una o más personas adicionales siempre y cuando cancele el valor vigente, correspondiente por persona y por noche de permanencia en el alojamiento.

 

  • LA AGENCIA permitirá a LOS BENEFICIARIOS fraccionar las semanas a su voluntad, previo pago del costo de fraccionamiento indicado por LA AGENCIA.

 

LOS BENEFICIARIOS que han adquirido TEMPORADA ALTA que deseen hacer uso del fraccionamiento, podrán utilizar únicamente uno de estos periodos en su temporada ALTA, y el restante podrá ser utilizado necesariamente en temporada MEDIA o BAJA, previa reservación de acuerdo a lo establecido en este Reglamento.

 

  • Para efectos de capacidad de las respectivas UNIDADES DE ALOJAMIENTO, los niños mayores de 3 años al momento de la reservación, serán considerados como una persona adulta.

 

  • LA AGENCIA manejará las reservaciones y anulaciones de las mismas, a través de EL AGENTE, encargado del Departamento de Reservas, que tendrá entre otras las siguientes funciones:

 

Recibir, tramitar, confirmar o denegar las reservaciones y una vez confirmada la reservación, emitir el documento de ingreso digital o impreso a la unidad de alojamiento, único documento válido que deberá presentar EL BENEFICIARIO para ingresar al mismo.

 

  • Si EL BENEFICIARIO de Temporada Media, solicita una reservación en Temporada Alta, en caso de ser confirmada, deberá realizar el pago del valor vigente por concepto de uso fuera de temporada, siempre sujetos a disponibilidad.

 

  • Si EL BENEFICIARIO de Temporada Baja solicita una reservación en Temporada ALTA, en caso de ser confirmada, deberá realizar el pago del valor vigente por concepto de uso fuera de temporada, siempre sujetos a disponibilidad.

 

ARTÍCULO 6: 

Suspensión.

 

Los derechos del BENEFICIARIO pueden suspenderse por:

 

  • Mal uso del derecho de Propiedad, por escándalo, conservación o consumo de drogas, armas, explosivos, por alojar fugitivos de la justicia, colaborar directa o indirectamente en actividades ilícitas como tráfico de drogas, blanqueo de dinero o cualquier otra actividad contraria a la ley, la moral o el orden público, comportamiento indecoroso, injuriante o delictivo.

Por incumplimiento de las normas de buena vecindad, violación de este Reglamento, ocupación de las noches de alojamiento por más personas de las permitidas de acuerdo a su capacidad o por permitir que lo ocupen menores de edad sin la compañía de un adulto.

 

  • Incumplimiento y falta de pago oportuno de la cuota de mantenimiento, fraccionamiento, personas adicionales y cuotas de mantenimiento conllevará la pérdida de LOS BENEFICIOS a que se refiere en este Reglamento.

 

ARTÍCULO 7: 

Terminación de Beneficios.

 

Los beneficios del BENEFICIARIO terminan por la expropiación por causa de utilidad pública o por destrucción total del bien donde se ejercen los derechos a los que se refieren este reglamento y en todos aquellos casos en que se hubieren configurado una o varias de las causales de terminación del contrato de venta de derechos de uso de propiedad (Unidad de alojamiento).

 

 

ARTÍCULO 8: 

Incumplimientos.

 

LOS BENEFICIARIOS, sus familiares o invitados quedan vinculados a las obligaciones establecidas en este Reglamento General, y en caso de incumplimiento cualquiera de las normas establecidas en el mismo, LA AGENCIA queda autorizado para ejercer la acción correctiva correspondiente por cuenta y costo a LOS BENEFICIARIOS.

 

Falta de pago de la cuota de mantenimiento establecida por LA AGENCIA durante dos periodos consecutivos de acuerdo a su membresía deriva en la suspensión de sus derechos y la separación del cliente previo al pago de los montos vencidos.

 

 

ARTÍCULO 9: 

Traspaso de Derechos.

 

En caso de que LOS BENEFICIARIOS cedan o enajenen los derechos adquiridos con los documentos que perfeccionen dicha cesión o enajenación deberán ser elaborados por el Departamento Legal la AGENCIA a fin de precautelar el ejercicio del derecho que adquiere el nuevo BENEFICIARIO y únicamente cuando el vendedor se encuentre al día en todas sus obligaciones con la AGENCIA.

 

ARTÍCULO 10: 

Modificaciones.

 

Este Reglamento General podrá ser reformado por LA AGENCIA cuando así lo considere conveniente y LOS BENEFICIARIOS serán oportunamente notificados. Sin necesidad suscribir una adenda a los contratos y sus anexos para lo cual se acepta la recepción de la información por los medios electrónicos.